En esta ocasión les traigo un breve comentario acerca de la relación de los concubinos y la responsabilidad de ellos para con sus hijos. No olviden que al final, todo se encuentra dentro de las distintas legislaciones así que sientan la libertad de dejar su comentario.
México
cuenta con una serie de influencia de distintos países, no sólo
aquellos que se consideran como principales, tal es el caso de
España, ya que en general, incluso nuestro padre cultural Español
tiene inmersa una gran serie de rasgos provenientes de otras
culturas, y sea por asimilación o por características específicas
de los pobladores, que finalmente han traído consigo fenómenos
sociales y jurídicos al México que hoy conocemos.
Por
lo general las diversas culturas, de alguna manera, tienen dentro de
sus regulaciones la figura del concubinato, esto sin duda, con el fin de regular las
relaciones personales de las personas y determinar en qué supuestos
generaría consecuencias más o menos similares al matrimonio mismo.
Sobre todo en relación a los hijos que, que en el pasado tenían
consecuencias bastante graves en caso de ser hijos provenientes del
concubinato, ya que no se les reconocía con todas las
características de los hijos nacidos dentro del matrimonio.
Diferencia principal entre el concubinato anterior y el que
actualmente se maneja en nuestro país.
Dicho
lo anterior es menester señalar que el concubinato en la mayor parte
de nuestro país es una figura que exclusivamente regula la relación
de las personas en aptitud de contraer nupcias y que no lo han hecho;
es decir, en cuanto a los hijos es una relación distinta, ya que en
México no se hace distinción respecto de la procedencia
de los hijos. En tal virtud los padres son responsables de los hijos
provenientes dentro del matrimonio o en cualquier caso fuera de este.

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